APARTADOS DEL CONTRATO DE ASISTENCIA SOCIAL PARA LA EDUCACIÓN PRIMARIA

CONTRATO DE ASISTENCIA SOCIAL PARA LA EDUCACIÓN PRIMARIA, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE ELISABETTA REDAELLI, I.A.P., EN LO SUCESIVO “COLEGIO EL GIRASOL” REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR LA C. LIC. EFIGENIA OLGA LOPEZ TREJO; Y POR LA OTRA PARTE, LA PERSONA A QUE SE HACE REFERENCIA EN EL APARTADO 6 DE LA PÁGINA 1 DEL PRESENTE CONTRATO, EN LO SUCESIVO “EL OBLIGADO”, QUIENES ADQUIEREN EL SERVICIO PARA LA NIÑA O NIÑO, A QUE SE HACE REFERENCIA EN EL APARTADO 1 DE LA PÁGINA 1 DEL PRESENTE CONTRATO, EN LO SUCESIVO “EL ALUMNO”, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:

DECLARA “COLEGIO EL GIRASOL”:
  1. Que está debidamente constituido como Institución de Asistencia Privada, cuya denominación es ELISABETTA REDAELLI, seguido de las siglas I.A.P. como consta en la escritura pública 18,838, pasada ante la fe del Notario Público número trece de esta Ciudad, por lo que el presente contrato se rige por las disposiciones contenidas en la Ley de Instituciones de Asistencia Privada el Estado de Querétaro y el Código Civil del Estado de Querétaro.
  2. Que de acuerdo a la escritura pública 118, 792, pasada ante la fe del Notario Público número cuatro de esta Ciudad, en la cual, se acordó la reforma total de los estatutos de la Institución, se estableció en el Artículo Segundo, inciso A, que el objeto de la Institución, lo es, el de brindar educación y formación integral a niños, niñas y adolescentes, así como realización de actividades de asistencia social, entre otros, aunado con el inciso D, en donde se estableció la facultad para poder celebrar y ejecutar todos los actos, contratos y convenios que sean anexos y conexos con su objeto social.
  3. Que derivado de su objeto social, cuenta con su incorporación a la Secretaria de Educación Pública, quien le ha asignado la clave de centro de trabajo 22PPR0155P para nivel primaria
  4. Que su registro federal de contribuyentes es ERI-970904-4Q9.
  5. Que la persona física que suscribe en representación de “COLEGIO EL GIRASOL”, cuenta con los poderes necesarios para ello y que los mismos a la presente fecha no le han sido revocados, ni limitados.
  6. Que tiene como domicilio el ubicado en: Calle del Pueblo, Número 224, Colonia Unidad Nacional, Delegación Epigmenio González, Querétaro, Querétaro. C.P. 76148, y que su número telefónico fijo es (442) 261-23-00.
DECLARA “EL OBLIGADO”:
  1. Que tiene la capacidad y personalidad jurídicas suficientes para suscribir el presente contrato.
  2. Que es su voluntad obligarse en los términos del presente contrato, manifestando que conoce los alcances jurídicos del mismo.
  3. Que todos los datos asentados en la página 1 del presente contrato son verídicos y que los documentos que exhibe no son apócrifos.
AMBAS PARTES DECLARAN:
  1. Que se reconocen recíprocamente la capacidad y personalidad con la que comparecen a la celebración del presente contrato.
  2. Que no existe vicio alguno en la celebración del presente contrato, que este en detrimento de alguna de las partes.
CLÁUSULAS

PRIMERA. Del objeto.- El objeto del presente contrato lo constituye el otorgar por parte del “COLEGIO EL GIRASOL”, a “EL ALUMNO”, la prestación de servicios de asistencia social para educación inicial (primaria) a que hace referencia la cláusula segunda del presente, siendo la contraprestación el pago de las cuotas de recuperación por parte de “EL OBLIGADO”, a que se refiere la cláusula quinta del presente y que las mismas serán destinadas a los fines propios del objeto social del “COLEGIO EL GIRASOL”.

SEGUNDA. Del servicio de asistencia social.- El servicio de asistencia social para la educación, consiste en que el “COLEGIO EL GIRASOL” otorgará la prestación de servicios de educación inicial (primaria) a “EL ALUMNO”, para el período del año escolar